Las infracciones están calificadas en tres
niveles: leves, graves y muy graves;
Infracciones leves:
- No solicitar la inscripción del fichero
en la Agencia.
- No atender la solicitud del interesado de rectificación
o cancelación de los datos.
- No proporcionar la información solicitada
por la Agencia
- Proceder a la recogida de datos sin proporcionar
la información necesaria al propio interesado
- Incumplir el deber de secreto.
Las infracciones leves serán sancionadas con
multas de 600€ a 60.000€.
Infracciones graves:
- Crear un fichero de titularidad pública
sin la autorización pertinente.
- Crear ficheros de titularidad privada con un fin
distinto al objetivo de la empresa.
- Proceder a la recogida de datos sin recabar el
consentimiento de las personas afectadas.
- Impedimento o obstaculización de los derechos
de acceso u oposición
- Mantener los datos inexactos
- No guardar secreto.
- Mantener los ficheros sin las debidas medidas
de seguridad
- No remitir o inscribir información requerida
por la Agencia.
Las infracciones graves serán sancionadas
con multas de 60.000€ a 300.000€
Infracciones muy graves:
- La recogida de datos de forma engañosa
y fraudulenta.
- La comunicación o cesión de datos,
fuera de los casos permitidos.
- Recabar, tratar o no guardar secreto sobre los
datos que se refieren a la salud, vida sexual, origen
racial, ideología o creencias sin la autorización
expresa del interesado.
- No atender las exigencias de la Agencia de Protección
de Datos
- Tratar los datos de forma ilegítima o con
menosprecio.
Las infracciones muy graves serán sancionadas
con multas de 300.000€ a 600.000€.