ATENCIÓN AL CLIENTE: 902 366 143
 
Información Servicios Contratar
 
Noticias

Margarita Santacruz en La Tribuna del Derecho
26-02-2008

Google advertido sobre la protección de datos
10-01-2008

La AGPD contra el Ayto de Valdeaveruelo
12-12-2007

 
 


Grupo Interdominios

EAZEL

Tipos de infracciones y sanciones

Las infracciones están calificadas en tres niveles: leves, graves y muy graves.

Infracciones leves:

  1. La falta de comunicación al registro público en que estén inscritos, del nombre o nombres de dominio o direcciones de Internet que empleen para la prestación de servicios de la sociedad de la información.
  2. No cumplir con la obligación de información.
  3. No cumplir con lo establecido en la ley respecto a las comunicaciones comerciales.
  4. Enviar comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente a los destinatarios que no hayan solicitado o autorizado expresamente su remisión, cuando no constituya infracción grave.
  5. No cumplir la obligación de información previa al proceso de contratación electrónica.
  6. No confirmar la recepción de la aceptación del contrato, siempre y cuando no se haya acordado su exclusión o el contrato se haya celebrado con un consumidor, salvo que constituya infracción grave.

Las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 30.000 €.

Infracciones graves:

•  No cumplir con el deber de información del nombre, denominación social,... del prestador de servicios de la sociedad de la información, así como, del precio del producto o servicio.

•  Realizar un envío masivo de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente a destinatarios que no hayan autorizado o solicitado expresamente su remisión, o el envío, en el plazo de un año, de mas de tres comunicaciones comerciales por los medios aludidos a un mismo destinatario, cuando éste no hubiera solicitado o autorizado su remisión.

•  No establecer de manera clara, comprensible e inequívoca, las condiciones generales que deban ponerse a disposición del destinatario del servicio.

•  No confirmar habitualmente la confirmación de la recepción de una aceptación, salvo las excepciones previstas en la ley.

•  No facilitar la actuación inspectora de los órganos facultados.

Las infracciones graves serán sancionadas con multas de 30.001€ hasta 150.000€.

Infracciones muy graves:

•  El incumplimiento de las restricciones a la prestación de servicios cuando haya sido dictado por un órgano administrativo.

•  El incumplimiento del deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación cuando un órgano competente lo ordene.

•  El incumplimiento del deber de retención de datos de tráfico durante la prestación de un servicio relativo a las comunicaciones electrónicas.

•  La utilización de los datos retenidos para fines distintos de los señalados en la ley.

Las infracciones muy graves serán sancionadas con multas de 150.001€ hasta 600.000€.


alojamiento webEMPRESA Copyright © 2008 Protecciondedatos.org AVISO LEGAL CONTACTO